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Banco Central de Cuba regula el uso de criptomonedas en el territorio nacional

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Una Resolución del Banco Central de Cuba (BCC) publicada este jueves por la tarde en la Gaceta Oficial y firmada por su Ministra-Presidenta Marta Sabina Wilson González, indicó que esa entidad dictará las reglas para el uso de criptomonedas en el territorio cubano.

La Resolución tiene como objetivo «establecer las normas a partir de las cuales el Banco Central de Cuba regula el uso de determinados activos virtuales en transacciones comerciales, así como el otorgamiento de licencia a proveedores de servicios de activos virtuales para operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos, en y desde el territorio nacional.»

El documento define como activo virtual a «la representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y
utilizar para pagos o inversiones».

Este término comprende diversas acepciones utilizadas con iguales fines, tales como, activo digital, criptoactivo, criptomoneda, criptodivisa, moneda virtual y moneda digital.

También entiende por proveedor de servicios de activos virtuales «a cualquier persona natural o jurídica que como negocio o en actividades de negocios se dedica al intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal; al intercambio entre una o más formas de activos virtuales; la transferencia de activos virtuales; la custodia o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; y a la participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor o venta de un activo virtual».

El Banco Central de Cuba, por razones de interés socioeconómico, podrá autorizar «el uso de determinados activos virtuales en transacciones comerciales, y otorgar licencia a proveedores de servicios de activos virtuales para operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos, en y desde el territorio nacional

La Resolución establece que «Las instituciones financieras y demás personas jurídicas solo pueden usar activos virtuales entre ellas y con personas naturales, para realizar operaciones monetariomercantiles, y de canje y recanje; así como para satisfacer obligaciones pecuniarias, cuando así lo autorice el Banco Central de Cuba.»

Añade que «Los órganos u organismos de la Administración Central del Estado, las organizaciones políticas, de masas y sociales y demás instituciones, controlan y supervisan que sus entidades subordinadas y las formas asociativas de las que son órganos de relación, se abstengan de utilizar activos virtuales y los servicios de estos, en transacciones comerciales, monetario mercantiles o para satisfacer obligaciones pecuniarias, salvo en los casos que autorice el Banco Central de Cuba.»

Aparecidas en 2009 en el mundo, estas criptomonedas o criptoactivos son una suerte de dinero digital, sin existencia física y que no tienen respaldo ni en oro ni en instituciones bancarias de los países, es decir, no pueden en su conjunto ser controladas por ningún país o banco emisor.

Dado la inseguridad y los riesgos que propician estafas con estos activos que se mueven en billeteras por el ciberespacio, el BCC se deslindó de cualquier acción delictiva con estas criptomonedas. «€œLas personas naturales asumen los riesgos y responsabilidades que en el orden civil y penal se derivan por operar con activos virtuales y proveedores de servicios de activos virtuales que funcionan al margen del Sistema Bancario y Financiero, aun cuando no están prohibidas las transacciones con activos virtuales entre dichas personas»€, expresó la norma que entrará en vigor dentro de 20 días.

Entre las criptomonedas más populares en la isla están Bitcoin, Ethereum Litecoin y USDT.

Lea la Resolución aquí

Tomado de Cubadebate

Tomado de Cubadebate

Medio de información alternativa que alerta sobre campañas de difamación contra Cuba. Publica noticias y análisis con un tratamiento objetivo de los hechos. Muestra los intereses que el poder global oculta para mantener sus privilegios. UCI, La Habana, Cuba. editor@cubadebate.cu

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