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Hasta el 30 de abril, declaración jurada del pago de los impuestos personales

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La declaración jurada del pago de impuestos sobre los ingresos personales transcurre hasta el 30 de abril. Se han creado facilidades en las Oficinas de Administración Tributaria para que todos los contribuyentes puedan cumplir con el aporte, comentó a la prensa Vladimir Regueiro Ale, titular de Finanzas y Precios.

Apuntó que también se pueden realizar en las sucursales bancarias, y tienen habilitado un portal tributario actualizado, al cual el contribuyente puede acceder y descargar los modelos que están establecidos para el pago de los tributos.

Por ello, manifestó Regueiro Ale, exhortamos a todas las personas naturales –dígase artistas, creadores, productores agropecuarios, trabajadores por cuenta propia–, quienes están obligadas a la presentación de la declaración jurada y a pagar los impuestos, que lo hagan antes del 30 de abril.

Añadió que se ha establecido un acompañamiento por parte de las oficinas de la ONAT en casi todos los municipios, que brindan servicio de horario extendido.

Por ello, apuntó, se realiza una alerta, a modo de prevención, a los contribuyentes, pues una vez que haya transcurrido el término de presentación, entonces ya harán la declaración con recargos, o con las multas que establece el régimen sancionador tributario, «algo que intentamos evitar».

El titular de Finanzas y Precios puntualizó que el pago de los impuestos es una forma de participar, con ese aporte, que es simbólico, a la construcción de un presupuesto que sufraga todos los gastos públicos de la nación.

«Es un deber que está reconocido en nuestra Constitución», y entendemos que es uno de los principales compromisos que tenemos en estos momentos para reimpulsar nuestra economía, afirmó.

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