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Proyecto del Código de las Familias: La vejez en el altar

Código de las Familias

Dos realidades pugnan hoy en el seno de las familias cubanas: en muchos hogares los adultos mayores se han convertido, gracias a sus manos asidas aún al timón de la casa, en enciclopedias de saberes y vivencias; en otros, estorban hasta en las esquinas de esas cuatro paredes y malviven arrinconadas en sillones quebrados de tanto ir y venir en el tiempo.

De este fenómeno multicausal no se desentiende el proyecto del Código de las Familias y lo enfrenta, como norma jurídica, desde la articulación de una serie de preceptos enfocados a la protección de las personas de la llamada tercera edad a partir, incluso, de documentos rectores promulgados por organismos internacionales, a raíz de las tendencias mundiales de indicadores como el envejecimiento poblacional.

Es dable referir, por ejemplo, que Cuba suscribió la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas que declaró, en diciembre del 2020, el período 2021-2030 como el Decenio del envejecimiento saludable; designación que defiende, a todo trance, la Organización Mundial de la Salud, que no mira el toro desde la barrera y que sostiene que las acciones emprendidas persiguen transformar el modo en que pensamos, sentimos y actuamos en relación con la edad y el envejecimiento; facilitar la capacidad de las personas mayores para participar y contribuir a sus comunidades y la sociedad, así como prestar atención integral y servicios de salud primaria que respondan a las necesidades del individuo.

En reciente Mesa Redonda, expertos desmontaron con lentes de aumento el concepto de envejecimiento saludable, el cual se sustenta en desarrollar y mantener la capacidad funcional en los adultos mayores, que permite el bienestar, vital para que la persona haga lo que desee y pueda desde el punto de vista fisiológico; pero, también, a partir de lo que el medio le demande, añadía en el programa televisivo el doctor Jesús Menéndez Jiménez, integrante de la Sociedad Cubana de Geriatría y Gerontología.

Vaticinios demográficos apuntan hacia que nuestro país, hoy con alrededor de 2 400 000 personas con 60 años y más, notificará el mayor índice de envejecimiento de la población para el 2030 en el área latinoamericana y caribeña; y en la concreción del pronóstico, Sancti Spíritus podría engordar las estadísticas al estar considerada en la actualidad entre las provincias con mayor deterioro de este indicador, agravado por una baja tasa de natalidad.

Arrojan luz sobre el asunto datos brindados por la Dirección Provincial de Salud, que suma 82 290 espirituanos con 60 años y más, así como 18 722 con 80 años y más, equivalentes al 22% del universo total, localizados, en lo esencial, en tres municipios: Sancti Spíritus, Cabaiguán y Yaguajay, en ese orden.

A ese rostro ajado de las familias cubanas se arrima el proyecto normativo, en consulta popular; pero más que ello, el propuesta legal explora, escudriña la nación de mañana, la nación posible; y entabla diálogo fluido con la Constitución de República,  cuyo artículo 88 acentúa: «€œEl Estado, la sociedad y las familias, en lo que a cada uno corresponde, tienen la obligación de proteger, asistir y facilitar las condiciones para satisfacer las necesidades y elevar la calidad de vida de las personas adultas mayores. De igual forma, respetar su autodeterminación, garantizar el ejercicio pleno de sus derechos y promover su integración y participación social»€.

Bajo ese paraguas constitucional nacieron el proyecto del Código de las Familias y el respaldo que este le concede a los adultos mayores, enaltecidos en los entornos familiares en dos líneas claves, en opinión de los especialistas: como seres humanos y desde sus roles de abuelos.

La prueba la encontramos en el artículo 4 del citado proyecto, el cual explicita, entre otras cuestiones, el derecho de los adultos mayores a la autodeterminación, preferencias, independencia y la igualdad de oportunidades en la vida familiar.

Por si no resultara suficiente, el número 8 expone que el Estado reconoce la importancia de las abuelas y abuelos en la transmisión intergeneracional de tradiciones, cultura, educación, valores, afectos y en las labores de cuidado.

Desde luego, no son estos los únicos enunciados del proyecto del Código de las Familias que protegen a la ancianidad dentro de la dinámica hogareña y a nivel más social. A la vista de todo ello, la futura ley justiprecia a quienes sortearon imponderables y convirtieron sus hogares en sólidas catedrales, donde los años ni la vejez estorban.

Tomado de Cubadebate

Tomado de Cubadebate

Medio de información alternativa que alerta sobre campañas de difamación contra Cuba. Publica noticias y análisis con un tratamiento objetivo de los hechos. Muestra los intereses que el poder global oculta para mantener sus privilegios. UCI, La Habana, Cuba. editor@cubadebate.cu

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