NacionalesPrincipales

Nuevas tarifas de los servicios jurídicos, entre la actualización y la necesidad (II) (+Infografías y PDF)

Vistas: 0

Tras las dudas suscitadas en la población sobre las nuevas tarifas de los servicios jurídicos y un primer acercamiento al tema en nuestro sitio, desde la realidad de las Notarías y los Registros Públicos, aún quedan interrogantes urgidas de respuestas.

Desde la perspectiva de la población, las lecturas son claras. Luego de un monitoreo exhaustivo de Cubadebate en torno a los cientos de comentarios llegados a nuestra redacción por diferentes vías, unido al pulso del estado de opinión de muchos cubanos y cubanas consultados indistintamente, la media de la vox pópuli redunda en una misma línea de mensajes.

Se reconoce la preparación, energías y el esfuerzo extra que exigen a los profesionales del derecho la gestión y solución de estos asuntos, pero yo, ciudadano común: ¿cómo salvo la diferencia entre lo que le entra a mi bolsillo y lo que de él debe salir para cubrir mis necesidades? ¿Por qué si mi salario aumentó tres veces, algunos de los servicios jurídicos multiplicaron su costo por seis? ¿Qué garantías tengo para una debida defensa si no puedo sufragar los nuevos precios? ¿Quién equipara la balanza para que los servicios ofertados sean costeables por la economía doméstica?  

Cubadebate se dirigió a la Junta Directiva de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC) para buscar respuestas y conocer los signos vitales de esta experiencia.

Su presidente, Ariel Mantecón Ramos, junto a un grupo de expertos y directivos, ofreció amplia información sobre el camino de análisis y construcción de decisiones en el nuevo escenario de ordenamiento, dentro de la organización que lidera. Pero antes, se permitió retrospecciones necesarias para ayudar a entender las dinámicas internas como un todo, un proceso, y no como una ecuación aritmética.

Ariel Mantecón Ramos, presidente ONBC.

La Junta Directiva de la ONBC  ̶ abre el diálogo ̶  es elegida por una asamblea con representación de todas las provincias y municipios, a través de una votación directa y secreta, y funciona por un lapso de cinco años. Surge gracias a la idea de Fidel de «crear una organización autónoma. ¿Por qué no puede ser estatal? Porque el abogado asesora a la ciudadanía en conflictos con otros ciudadanos, pero también contra el Estado. Por tanto, tiene un principio político de autonomía: no puede haber contacto presupuestario, solo paga la defensa de oficio».

Es decir, se rige por un patrón de autogobierno, sin subordinación alguna para su funcionamiento al Ministerio de Justicia, si bien el ministro posee una facultad de alta inspección. Tampoco cuenta con organismos metodológicos o de referencia.

La metodología de la abogacía se ha ido creando por adosamiento, asevera, por acumulación de reformas según se regula su existencia, a través de un manual de normas y procedimientos amplísimo, que retrata la vida de la organización, mirando siempre la luz larga de 56 años ya.

«Cuando se creó el primer bufete, en el año 1965, en la Plaza de la Revolución», la cual había sido concebida en su diseño inicial no como centro político sino judicial, «este nació con un único principio: yo gano lo que sea capaz de recaudar y con tarifas sociales. Qué rápido se escribe eso, pero es muy difícil de llevar a la práctica», explica.

El Decreto-Ley 81 «Sobre el ejercicio de la abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos», establece en su artículo 18 las funciones de los abogados de dichos bufetes:

  • asesorar a las personas naturales o jurídicas que lo soliciten, en cuanto a la legitimidad y alcance de sus derechos y obligaciones;
  • evacuar consultas legales, emitir dictámenes y redactar documentos de carácter técnico jurídico;
  • representar o dirigir, con la máxima diligencia, a quienes requieran su asistencia técnica en procesos judiciales, arbitrales, administrativos y laborales; así como ejercer las defensas penales de oficio de acuerdo con las normas establecidas al respecto.

La primera garantía de una abogacía social es que haya una tarifa, porque eso elimina la concurrencia de precios diversos por el mismo servicio. Aun cuando no elimina el riesgo de una doble economía del que no está exento ningún sector de la sociedad, si bien es una alta prioridad erradicarlo, destaca Mantecón Ramos.

En el escenario actual del ordenamiento monetario, la ONBC partió de estudios y modelaciones, de cara a identificar potencialidades y desafíos para el ejercicio de sus funciones, desde la salvaguarda de su razón de ser: la garantía del «derecho a la defensa técnica, la representación procesal y la asistencia a la población» en una significativa tipología de trámites.

Desde la propia web oficial de la organización, explican: «Los análisis realizados desembocaron en un sistema de tarifas que coloca a la institución en el punto de partida del llamado Día Cero. Estas tarifas mediatizan nuestra relación con el público e intentan adecuar la dinámica de los servicios de abogacía en un nuevo contexto económico».

Imagen: Cubadebate.

De acuerdo con el presidente de esa institución, aun cuando la población quiere enfrentarse lógicamente a precios asequibles, no debe perderse de vista que se trata de un modelo estrictamente autofinanciado, integrado por unos 4 000 trabajadores, y ese es el costo como ciudadanía para sostener una abogacía socialista colectiva.

«No se puede ver el ordenamiento como un simple incremento de precios, es una reorientación de la vida social, económica y política porque cambió el valor del dinero», enfatizó.

¿Dónde se concentran las principales modificaciones y qué principios sustentan las tarifas actuales en los Bufetes Colectivos?

Elizabeth Moya, Directora Técnica Nacional de la ONBC.

Todos los asuntos que se tramitan en Bufetes Colectivos son en representación de las personas naturales y jurídicas, precisó Elizabeth Moya Linares, directora técnica nacional de la ONBC.

«Los destinados a personas naturales son uno de los focos fundamentales de las quejas de la población. La clasificación de estos asuntos tiene diferentes aristas. La primera de ellas es el cauce procesal: qué establece la ley para tramitar el asunto, ante quién y mediante qué procesos. Eso es diferente según la materia. También se valora el objeto o bien jurídico del que trata la reclamación: familia, vivienda, defensa penal, asunto laboral…».

Los asuntos a contratar difieren también por su naturaleza: un asunto de vivienda puede estar relacionado con la propiedad o con las limitaciones que se derivan de las relaciones de vecindad. Igual, un asunto de familia puede vincularse con la guarda y cuidado de los menores, la pensión alimenticia o el reconocimiento de matrimonio para las personas no casadas legalmente, por solo poner algunos ejemplos.

De manera que la ley establece diferentes procedimientos para cada una de las materias no penales y las penales. Esos procesos, por ley, tienen distintos cauces.

Explica Moya Linares que, cuando hablamos de asuntos civiles, laborales o económicos, los procesos pueden ser de carácter ordinario, sumario, especial, de amparo, ejecutivo, laborales, administrativos, entre otros. Y para cada uno de ellos la ley define una forma de establecer la reclamación, que se llama procedimiento dentro de los procesos.

El proceso más abarcador que tiene la ley se llama ordinario, porque tiene una amplitud no solo en el tiempo, sino también en la gama de acciones procesales, ya sea de información para el Tribunal como las de carga probatoria. En ellos, generalmente, existe un conflicto fuerte de partes.

Otros procesos son los sumarios, que se delimitan de los ordinarios por la brevedad de los plazos y por el conocimiento de los asuntos que le son atribuidos en esa ley.

«El legislador tampoco puede prever todo lo que pase en la vida cotidiana y, por ello, existe lo que nosotros en Derecho llamamos el «€œsaco»€: algo específico que no esté enclavado en ninguna parte, entra por ahí por defecto», agrega.

Las personas generalmente vienen al Bufete, se entrevistan, se orientan y de ahí se deriva si van a realizar o no un proceso. Esto debe suceder en el período determinado, pero la persona también puede declararse renuente y no ser asistido por un abogado hasta un momento determinado.

«También están las audiencias verbales ante el Tribunal, que pueden ser las comparecencias, la práctica de pruebas, la arista penal en cualquier tipo de procesos. Tenemos igualmente la parte probatoria, una de las más complicadas en cualquier proceso. Finalmente, puede haber una vista en el caso de estos asuntos de mayor trascendencia, como asuntos ordinarios, las apelaciones, los procesos administrativos y, luego, la notificación de la sentencia», detalla la experta.

Hay otros temas que nacen de la vía administrativa, requieren una reclamación previa ante tales instancias y tienen su vía de litigación directamente ante el Tribunal. Estos exigen el conocimiento y solución previa de la vía administrativa para que la persona inconforme vaya entonces a un proceso judicial, a impugnar o reclamar contra esa decisión.

Son procesos con una alta complejidad, no solo porque se está yendo contra la administración, sino también porque suponen el agotamiento de una vía donde ya se practicaron pruebas y hay estudios obligados de expedientes previos para prepararse; no solo la Resolución en cuestión, tiene que entrevistarse con las personas y entonces, dada la dispersión legislativa que existe en estas materias, estar bien claro de la norma que se le aplica para poder fundamentar la reclamación.

En estos asuntos no se exige una representación letrada. Sin embargo, se tiene constancia de una amplia gama de este tipo de asuntos donde las personas están siendo representadas por los abogados.

Otros procesos que desarrollan los abogados son los recursos, que proceden contra las resoluciones. Pueden ser de competencia del Tribunal Provincial Popular o del Tribunal Supremo, y lo decide la propia ley. Está el recurso de casación, de la competencia del Tribunal Supremo; el de apelación, que procede contra los litigios con solución, en primera instancia, en el Tribunal Municipal, y se llevan a Tribunal Provincial.

Imagen: Cubadebate.

Existe, a los efectos de la organicidad institucional, un codificador de asuntos con sus tarifas, expresado en una tabla que contiene 192 servicios de materias no penales y 476 de tipo penal.

De manera que las personas encontrarán en la Resolución 511 del Ministro de Justicia los asuntos desbrozados por su tipología procesal y, dentro de ella, por el bien jurídico que se está protegiendo. Esto implica una diferencia en el valor de cada servicio, su valor está directamente relacionado con la complejidad del trabajo técnico que tenga que desarrollar el abogado, aseguró Moya Linares.

La obligatoriedad de calidad no está determinada solo por ley, existe un Manual de Normas y Procedimientos. Este contiene los parámetros de calidad exigidos para todos los servicios brindados en los Bufetes, tanto a personas naturales  ÃŒ¶ aprobados por votación en la Junta ̶  como los establecidos de manera uniforme por el Ministerio de Justicia para los servicios dirigidos a personas jurídicas. Estos parámetros establecen acciones de obligado cumplimiento para tramitar los asuntos según la naturaleza explicada.

Dichos requerimientos, en definitiva, garantizan la calidad del proceso, pero también complejizan el trabajo del abogado y sobre ellos  ÃŒ¶ en cierto modo ̶  se van sustentando las diferencias en términos de tarifas.

La complejidad no puede calificarse solo por lo que se ve a simple vista, hay todo un estudio previo y un trabajo de mesa por parte del abogado. Al fin y al cabo, el hecho de tener un título no te da la especialización, esta viene con el tipo de asuntos al que te vas a enfrentar. Además, «lo que predomina en la organización es que los abogados atiendan todo tipo de asuntos».

La especialización también pasa por la tramitación de un asunto que puede ser de mayor o menor envergadura. «Por ejemplo, cuando estás tramitando un proceso de reclamación de derechos sobre una vivienda, la causa que trae un cliente no es igual a la que puede traer otra persona (herencia, disposición de la anterior reforma urbana, transmisión por salida del país de los antiguos propietarios»€¦). Un mismo asunto puede tener disímiles formas de enfrentar un litigio y diversas las normas jurídicas a aplicar, aunque vengan en una misma ley», expone la directora técnica nacional.

De modo que la tarifa no está solo determinada por el cauce procesal y por el bien jurídico que protege, sino por la complejidad determinada en todas estas variaciones.

No obstante, se privilegia desde la ONBC la protección que tradicionalmente ha existido a determinados asuntos de alta sensibilidad para la población. Y en este sentido, existen algunos servicios derivados de la aplicación del Código de Familia, laborales, de vivienda que, presentando similar complejidad a otros, poseen tarifas protegidas.

Imagen: Cubadebate.

«Nosotros tenemos dentro del codificador 33 asuntos de materias no penales con la misma tarifa mínima: dentro de ellos está la determinación de guarda y cuidado de menores, la variación de esta, la modificación de la regulación de comunicación del menor, demandas en procesos laborales, reclamación ante los órganos de justicia laboral de base, que cuestan 330 pesos cubanos», insiste la especialista.

No por tener esta tarifa significa que todos los asuntos sean protegidos.

Cuando se va a evaluar el costo, se debe tener en cuenta que los asuntos con una tarifa protegida vienen así desde las antiguas resoluciones, con un valor muy deprimido. Son asuntos que (a los efectos financieros de la entidad) suelen generar pérdidas porque el costo de un asunto jurídico no puede ser la suma del precio de las materias primas para elaborar un producto determinado.

El trabajo intelectual no puede determinarse por una suma aritmética, es imposible contabilizar toda la preparación, el esfuerzo, las horas previas de estudio al momento en que llega el cliente a solicitar un servicio, más todo el trabajo que se realizará después, refuerza la directiva.

Además, para cualquiera de estos y otros temas la persona puede acudir al Bufete y las consultas las recibe de manera gratuita. «Por esa vía de consulta se resuelven muchísimos problemas: la persona ya va más esclarecida de los derechos que posee o no y sale de la oficina con una solución o al menos una variante. La consulta legal gratuita en cualquier tema es una de nuestras garantías de cara a la población«.

Sobre este tópico, el presidente de la ONBC acotó que «de hecho, son más las personas que se atienden sin firmar contrato que las que finalmente dan curso a su solicitud. Todas las consultas son gratuitas, excepto para extranjeros«.

Añade que no es quiso incrementar más los precios de los servicios protegidos, a pesar de la complejidad que implican, por la cercanía que tienen para la gente.

«Todo lo explicado desemboca en que se trató de buscar una compensación en las tarifas, de manera que lo que se deje de ingresar por esos asuntos que se respetan, lo cubran otras tarifas más altas«, indica Ariel Mantecón.

Es prioridad a la hora de todo análisis la sensibilidad que tienen para las personas los procesos antes detallados, aseveró. «Vamos a seguir defendiendo ese principio».

¿Y cómo quedo yo?: Consecuencias del incremento de precios a ambos lados de la medida

¿Cómo afectan las nuevas tarifas de los servicios legales a la población y los abogados? ¿Pueden influir en una disminución de la contratación de este tipo de servicios?

Las estadísticas de los primeros quince días de enero no hablan de una disminución de los servicios. Realmente no ha existido un impacto negativo hasta el momento, pero es algo que estamos monitoreando, subrayó Mantecón Ramos.

Lidia Montes de Oca Fernández, tesorera de la organización.

Lidia Montes de Oca Fernández, tesorera de la organización, puntualiza que todo lo que allí se percibe debe tener una respuesta de ingreso y una respuesta de gasto, lo cual responde al principio de autofinanciamiento de la ONBC. Por tanto, se va monitoreando, desde que comenzó enero, el comportamiento de los contratos.

«Hemos tenido que flexibilizar temas ya, al cabo de 15 días. La práctica es el criterio de la verdad y nos está indicando correcciones, porque tarifas que habíamos puesto inicialmente no responden a la dinámica del día a día», observa.

Pone como ejemplo una tarifa donde lo que se va a reclamar es menor que la que está fijada, «es algo que no percibimos y que tuvimos que rectificar», insiste.

Agrega que las tarifas son revisables al cabo de los seis meses, así está declarado en la Resolución del Ministro, quien está facultado para aprobar el costo de los servicios.

En la primera quincena de 2021 se suscribieron contratos de todo tipo, en proporciones similares a las del año pasado, teniendo en cuenta los efectos y las medidas derivadas de la pandemia. Las personas que han acudido a los Bufetes a averiguar sobre los servicios han formalizado contratos, incluso con las tarifas que se consideran caras, relata Montes de Oca Fernández.

Por su parte, Esmel Valera, especialista de la Dirección Técnica Nacional, explica: «Uno puede contratar los servicios de un abogado por algo muy casuístico, que te puede pasar una sola vez en la vida. No es un gasto diario. Ahora las personas ven el incremento de las tarifas, pero la organización siguió la lógica del ordenamiento. Hoy tiene una relación similar de los precios con respecto al salario básico. Lo otro es que la contratación de un servicio jurídico se da en un seno familiar, por lo tanto, varias personas pueden contribuir al pago».

Sin embargo, vale destacar que no todas las familias cubanas tienen una composición numerosa. E incluso, en las que sí se ajustan a esa clasificación, las hay con varios integrantes, pero donde solo se percibe un ingreso estable para sostenerlos a todos, incluyendo a niños y ancianos. Es en esos núcleos vulnerables donde se concentran las mayores preocupaciones.

La pregunta entonces es: ¿Existen alternativas para aquellas personas que necesiten un servicio y no puedan pagarlo?

Cuando en proteger personas le va la vida a un proyecto

Se trabaja en un proyecto de norma actualizada que considera rebajas, fragmentación y exención de pago del servicio jurídico. Foto: ONBC.

Según el presidente de Bufetes Colectivos, Ariel Mantecón Ramos, para los casos en que las personas no tengan el dinero para contratar un servicio, se trabaja en reformar la norma colateral a las tarifas, actualmente en estudio, pero próxima a su publicación.

La determinación de cuándo es vulnerable una familia no es sencilla, insiste. «Hasta ahora dependemos de un certificado que da Seguridad Social pero, hablando coloquialmente, se considera asistenciado a un hombre metido en un pozo al que le cayeron a palos».

Tenemos ya un proyecto de norma actualizada que considera rebajas, fragmentación y exención de pago del servicio jurídico y que amplía los términos para ser elegibles en función de estas opciones, indica.

«Debemos incorporar ciertos parámetros que está exigiendo la opinión pública y se tendrán en cuenta para definir quién debe ser protegido en las tarifas«.

Acerca de la norma hoy vigente, la Directora Técnica Nacional, Elizabeth Moya Linares, explica que establece la exención de pago solo bajo algunos supuestos, de ahí que la actualizada haya exigido una reinterpretación extensiva para atender otros casos particulares. Las consultas al interior de la ONBC han permitido avanzar en la búsqueda de fórmulas con norte en la flexibilización y ampliación de las garantías de protección a mayor número de personas en situaciones de vulnerabilidad.

Aquí también se aplica la idea de la inefectividad de la suma aritmética, no puede ser una lógica de 2+2=4, valora la directiva. Ello demanda una evaluación, así como definir si se aplicará cierta decisión en tiempo experimental, porque tampoco podemos crearnos un banco de cuentas por cobrar.

En cuanto al impacto de los servicios de abogacía en la familia cubana, resalta Mantecón Ramos: «hay quien intenta asociar estas prestaciones como un producto de primera necesidad y planteamos que, por la incidencia que tenemos, a una persona en una familia muy pocas veces le toca, a muchos incluso nunca, enfrentarse a este tipo de procesos. En cambio, hay familias que atraviesan varias veces por un proceso penal, contratan una o dos veces, pero ya a la tercera reciben el abogado de oficio. Se sienten criminalizados hasta tal punto que no les interesa el resultado de su juicio».

La tabla relacionada a continuación refleja un ranking de los veinte servicios más contratados, tanto en los procesos penales como en los no penales, durante los últimos tres meses del pasado año, así como las anteriores y las nuevas tarifas. Según valoraciones de Mantecón Ramos, ahí están las personas más impactadas.

Tarifas de asuntos penales más contratados durante el último trimestre de 2020. Imagen: Cubadebate.

Tarifas de asuntos no penales más contratados durante el último trimestre de 2020. Imagen: Cubadebate. Imagen: Cubadebate.

Procesos penales: ¿Cómo garantizar la debida defensa cuando el bolsillo o la fe no alcanzan?

Para quien debe encarar un proceso penal y no designa abogado, sea por cuestiones inherentes a la (in)solvencia, por ausencia de credibilidad u otras, se abren preguntas sensibles: ¿El abogado de oficio solo se incorpora al caso en el momento del juicio? ¿Quién acompaña al acusado en todo el proceso previo? El hecho de que no medie un pago en este tipo de defensa, ¿se traduce en un menor interés del abogado en el caso?  

Respecto a este sensible tema, el presidente de la ONBC y también diputado comenta que próximamente debe aprobarse la Ley de Procedimiento Penal con definiciones sobre ese y otros conflictos, pero existe una gran discusión.

En la Asamblea Nacional, cuando se discutió y aprobó la nueva Constitución, en el primer borrador no se definía cuándo entraba el abogado en un proceso penal. Hubo una compleja discusión que saltó por los diputados, porque la Constitución establecía el acceso al abogado en el proceso penal, de forma genérica, pero sin precisar cuándo, relata.

«Los constituyentes no pudieron dar con una frase que diera por satisfecho a los diputados y ahora dice que debe incorporarse desde el inicio del proceso. Pero esa precisión también es una frase vacía, no se sabe bien el momento exacto y es preciso definirlo en la ley por salir», destaca.

A los ojos de la organización, este tema supone un doble reto: asumir con los mismos profesionales la defensa de oficio y la defensa por designación. Conforme explicaron, la defensa de oficio constituye entre el 18 y el 20% de los asuntos penales que llevan.

En Cuba  ̶ refiere el titular de la institución ̶  hay un derecho a la defensa, que ahora es constitucional. «El artículo 59 de antes era muy confuso, pero ahora en el 94 queda claro. El derecho a la defensa tiene dos aristas, defensa material y técnica. La primera es la que haces tú mismo: desde que te increpan te estás defendiendo y eso es propio de los modelos procesales. Por otro lado, hay una defensa técnica que es cualificada, bajo el entendido de que las personas, como norma, no tienen el conocimiento para moverse en los espacios de esa naturaleza. Al final, se trata de hablar en el lenguaje y los términos correctos», amplía.

Esa defensa cualificada o técnica hay veces que se considera preceptiva, es decir, obligatoria. «No te dan opción de aceptarla o no, porque el sistema entiende que está bien equilibrada la justicia cuando hay una contrapartida técnica. Del lado de allá se encuentra el fiscal y del lado de acá no puedes estar tú solo, debe acompañarte un abogado. En Cuba tenemos muy mal planteada esa defensa preceptiva, porque solo se aplica al proceso penal y en una fase tardía», insiste.

Hay ahí un conflicto, indica. La defensa de oficio, gratuita u obligatoria llega en un momento tardío. La persona que llega a ella no solo lo hace por falta de dinero, sino también, a veces, porque no confía en el abogado.

Imagen: Cubadebate.

«Necesitamos que los marcos procesales se adecúen para que la persona, desde el principio, tenga la opción del abogado de oficio. Hoy no la tiene», subraya Mantecón Ramos.

A este problema se suma que en el país aún no está claro qué postura se seguirá para garantizar esta defensa desde un momento previo ni desde que entidades se asumirá la responsabilidad. «Eso extralimita lo que puede hacer nuestra organización, pero los Bufetes tienen que estar preparados para lo que se diga», añade.

Incluso, si eso implica establecer sistemas de guardia que garanticen un profesional listo para acudir a los nuevos casos en cualquier momento.

Otro problema, prosigue, es un reclamo presente en las redes. Algunos opinan que el defensor de oficio no tiene la misma calidad que el designado.

«La organización ofrece, desde hace años, el servicio de abogados de oficio en procesos penales y ha tenido siempre, entre sus líneas de trabajo, evitar que el accionar de este defensor se vea subvalorado frente al designado, pero no es un objetivo totalmente logrado. Esa es una problemática de difícil manejo en cualquier lugar del mundo», comenta al respecto.

En Cuba, el Presupuesto del Estado paga el trabajo de los abogados de oficio, una tarifa inferior a la que paga la persona si decide nombrar abogado.

La designación de abogados de oficio, interviene Elizabeth Moya, depende de la estructura y capacidad de respuesta de cada bufete. Todas las cabeceras de municipios tienen designados más de veinte abogados de este tipo. La línea es que las defensas de oficios las asuman normalmente los abogados que están en tránsito a formar parte de la organización, los que llegan de la universidad, los que vienen de otros organismos, pero también las pueden asumir abogados con muchos más años de experiencia.

Ahora bien, aquí surgen otras inquietudes: si la línea es que asuman, como tendencia, los recién egresados las defensas de oficio, ¿acaso la falta de experticia en los litigios no supone una fuerte desventaja para los defendidos?

«Con respecto a la juventud, hay matices», expresa Ariel. «Para juzgar en un tribunal no solo hace falta lo que se estudia en la universidad, porque la gente lleva allí no solo problemas de derecho, sino también los de la vida. Y estos últimos se aprenden en el día a día».

Tenemos abogados de oficio atendiendo el Tribunal de La Habana muy jóvenes, algo que es típico de la capital por la cantidad de casos a los que se le da curso a diario. Pero son muy buenos profesionales. A Bufetes Colectivos vienen de los primeros escalafones tras el egreso de la Facultad.

Todo es muy relativo, lo que no se puede dar por hecho es que la labor realizada por un abogado de oficio se pueda comparar con la de uno que viene desde el principio. Estos abogados se encuentran con el caso a última hora, ahí hay un problema. «Considero que hay que dimensionar la defensa de oficio», insiste.

¿Cómo impactan las actuales tarifas el salario de los abogados?

Según Mantecón, la colectividad no mata nunca la esencia individual del trabajo del abogado. Foto: ONBC.

¿En qué consiste la nueva formación de sus ingresos? A la larga, ¿pueden salir ganando más o ser afectados? ¿Qué sucede con los más jóvenes?

Sobre este particular, trasciende que un técnico jurídico debe ganar alrededor de 3 600 pesos, cifra a la que se le da cobertura a partir de los ingresos de las propias oficinas. Y eso está elevando las pautas de lo que se cobrará a la gente.

El abogado gana, en principio, 2 100 pesos, el salario mínimo. Eso subió tras el ordenamiento. Cuando decide tomar un trabajo, no tiene nada garantizado. Si entonces se multiplica 2 100 por el total de abogados, da una ecuación monetaria que debe ser replanteada luego en las tarifas que paga la población, indica la tesorera Montes de Oca Fernández.

Estos profesionales del Derecho cobran un porciento de la tarifa asignada al servicio por el que fueron contratados, aunque esa representación no es la misma para todos los asuntos, precisamente porque en aquellas tarifas que tienen un carácter social y un elevado impacto en la familia, el pago va a representar el 76% de lo que se le cobró al cliente. En otros asuntos con tarifas más altas, cuando se hace la retribución al abogado, representa el 17% de lo ingresado. Se debe a la búsqueda de un equilibrio entre la remuneración según su trabajo y la cobertura de los gastos del bufete.

Sobre los profesionales más jóvenes, se significa que estos tienen una protección salarial como adiestrados. No están vinculados al sistema de remuneración hasta que no transitan dos años y posean cierta experiencia. Luego pasan a beneficiarse del nuevo salario. La célula fundamental del bufete es el equipo de trabajo y se monitorea sistemáticamente el desempeño y los ingresos de estos jóvenes. Existe un sistema de control.

Hay que añadir que, en los servicios jurídicos, existe un filtro de calidad, según el cual todo lo que se incumple, se descuenta del bolsillo.

Como dato, el promedio de casos para cada abogado en un Bufete Colectivo del país es de 56 asuntos en ejecución. Esto puede moverse de un mes al siguiente. Y sí, existen diferencias entre lo que cobran unos y otros abogados.

Precisa Mantecón Ramos que «la colectividad no mata nunca la esencia individual del trabajo del abogado. Este sale por su puerta a formar su clientela y contamos con muchachos espectaculares que, en dos años, tienen más clientes que otros con más experiencia. De manera que, si uno es un mediocre, se va quedando atrás, gana menos y lo que se forma con relación a eso es un criterio de estigmatización brutal. Porque el Bufete Colectivo respira una esencia de trabajo en la cual se mira mal al que no aporta».

Sobre los servicios a extranjeros y personas jurídicas

Con el ordenamiento  ÃŒ¶ detalla Elizabeth ̶  existe una Resolución del Ministro, aplicable no solo al servicio que presta el bufete, sino también a las consultorías y otras entidades autorizadas a ofrecer servicios a entidades.

Se modifica sustancialmente y ya no se sujeta al monto de las operaciones económicas, se hace vinculado a una tarifa que habla de hasta 12 000 pesos. Por tanto, se indicó que abogados, directores de bufetes y directores de las entidades involucradas, renegociaran sobre las bases de la situación económica para enfrentar la Tarea Ordenamiento.

En el caso de los servicios especializados, se aplican a personas extranjeras que residen en el territorio nacional y a quienes realizan trámites de legalización de documentos que van a surtir efecto fuera de este. Ello está sujeto a una resolución con tarifas que, tras el ordenamiento monetario, se multiplicaron por la tasa de cambio oficial. Se mantuvieron los valores iniciales, pero expresados en moneda nacional, a razón de 1×25.

En este sentido, vale hacer una acotación: la multiplicación por 24 es la tasa aplicable a las tarifas mayoristas. Mientras los servicios minoristas dirigidos a la población se multiplican por 25.

Cultura jurídica, orden y legalidad: Ingredientes irremplazables de una receta social

Hace falta más cultura jurídica, que el derecho pase a ser la primera regla para administrar la convivencia. Foto: ONBC.

«Hace falta más cultura jurídica, que el derecho pase a ser la primera regla para administrar la convivencia. Se dice fácil, pero no lo es tanto, porque en Cuba han incidido otras fórmulas que derogan, incluso, el derecho muchas veces, el voluntarismo. Institucionalizar el país, un propósito del Estado, pasa en primerísimo lugar por el Derecho. Por ende, sus instituciones tienen que trabajar para que la población se acerque más a las pautas que este traza», acentúa el presidente de la organización.

«Podría pensarse que esto puede afectarse, refiere, desde el punto de vista de que se encarecen ahora los servicios jurídicos. Vamos a seguir explorando y estudiando la situación. Creemos que puede producirse un reacomodo de la lógica del dinero y los patrimonios. Porque lo que se ha producido es un desplazamiento calculado a nivel macroeconómico de la representación que tiene el dinero en relación con la divisa extranjera y esto debe llegar a acompasarse, para que se llegue con naturalidad a la nueva dinámica de los precios».

De quedar precios chocantes, que paralicen ese interés de las personas en acudir a los Bufetes Colectivos y asesorarse, afectando el tráfico jurídico cuya vitalidad es tan importante, la capacidad correctora de los codificadores va a estar presente, abunda. Los precios de los servicios de Bufetes Colectivos deben pasar por una autorrevisión en un tiempo determinado. Eso es muy significativo porque constituye una vía protectora a explorar.

«Con todas esas variables tenemos que trabajar para que florezcan el orden, la cultura jurídica y la ley. Debe ser una perspectiva de todo el sistema controlar qué está pasando con los precios, la calidad de los servicios y el flujo de la población hacia donde tiene que ir», concluye Mantecón Ramos.

Lecturas «a la medida»: Para que 2+2, si no da 5, tampoco «sea igual» a 3

A la luz de los argumentos enunciados, surgen lecturas que hablan de acciones perentorias.

En el tema de los nuevos precios hay catalejos con perspectivas diferentes e igualmente válidas. Por una parte, está la preocupación ciudadana de cómo pagar servicios, en algunos casos superiores a sus ingresos; por la otra, el sentir de un gremio que ve reconocido con el ordenamiento el trabajo profesional y el desgaste que supone la preparación de un proceso y la solución de un conflicto.

La idea de la ONBC defiende disponer de un grupo de tarifas mínimas en asuntos sensibles para la población, cubrir esa disparidad con asuntos más complejos y tarifas más altas. Y, a partir de ahí, trabajar para darle protección a personas específicas en función de los servicios más encarecidos.

Otras lecturas apuntan a las brechas legales en los procesos penales y a ciertas distorsiones que parecen ponerle «zancadillas» a la implementación del ordenamiento.

Es breve el espacio de tiempo desandado para un diagnóstico absolutista de las nuevas tarifas, pero está claro que todas las entidades de competencia deben hacer de las autorrevisiones un mecanismo de control y un recurso eficaz para rediseñar estrategias.

El desafío no está en sortear las piedras en el sendero. La sociedad proyectada en nuestro estado de deseo no entiende de esquivos ni de seguir coleccionando los retos. Entiende de enfrentar las piedras, de limarle las asperezas y de construir con ellas, nuevos caminos de soluciones.

Tomado de Cubadebate

Tomado de Cubadebate

Medio de información alternativa que alerta sobre campañas de difamación contra Cuba. Publica noticias y análisis con un tratamiento objetivo de los hechos. Muestra los intereses que el poder global oculta para mantener sus privilegios. UCI, La Habana, Cuba. editor@cubadebate.cu

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *