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¿Registros y pasaportes?

Para adentrarme en este asunto, porque en principio no forma parte de mis estudios y funciones profesionales, realicé la correspondiente búsqueda y así llegué a esta definición.

Migración es el desplazamiento de población (humana o animal) que se produce desde un lugar de origen a otro destino y lleva consigo un cambio de residencia habitual en el caso de las personas o del hábitat en el caso de las especies animales migratorias. De acuerdo con lo anterior existirán dos tipos de migraciones: migraciones humanas y animales. Las migraciones de seres humanos se estudian tanto por la Demografía como por la Geografía de la Población y de las especies de animales se estudian en el campo de la Zoología, de la Biogeografía y en el de la Ecología.

Para ningún cubano es desconocido que, desde el siglo pasado por diferentes razones, sean estas relacionadas con el estudio, el trabajo, el arte, el deporte, la economía y otras muchas, las personas viajan. En lo que va de este tercer milenio, se han incrementado los movimientos migratorios a escala mundial y Cuba, no es una excepción. Así que son muchas las personas que entran y salen del país con sus mascotas.

En algunas columnas anteriormente editadas estuve tratando sobre la exportación de mascotas y no pretendo volver al tema, solo que, asociados a estos procesos y trámites, han surgido, al margen de lo que está debidamente establecido, ciertas actividades que no se ciñen a una necesidad, como el registro de mascotas y la emisión de pasaportes, los que no están acordes a lo que establece la autoridad veterinaria competente, el Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA), ni a las normativas de las autoridades de los países de destino, ni a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).

Sin embargo, corren a escala popular o doméstica comentarios sobre la necesidad de realizar determinados trámites para obtener esos documentos que no son necesarios ni están establecidos para viajar, tales como registrar a las mascotas en bases de datos no oficiales u obtener un pasaporte para la exportación. Lamentablemente, son muchas las personas que van a realizar viajes al exterior con sus mascotas, que optan por seguir los pasos de “lo que dice alguien” o lo “que se pone de moda” y pierden tiempo y dinero en la obtención de tarjetas de registros no oficiales y de pasaportes, que al final no les resultan útiles, ni necesarios.

Es importante saber que, en la República de Cuba, existe un Sistema de Registros Públicos integrados e informatizados regidos por normas jurídicas cuya autoridad y competencia corresponde al Ministerio de Justicia. No existe en ese marco ningún Registro Nacional de mascotas.

A modo de comentario, este asunto de los Registros de mascotas, ha sido algo que el Comité Nacional de Bienestar de Cuba desde su creación ha valorado y estudiado con la seriedad que el mismo amerita. Los registros de este tipo suelen establecerse en muchos países, en coordinación con los gobiernos locales, no solo con el interés de manejar datos estadísticos sobre el número de animales domésticos de compañía o afectivos que residen en sus territorios, sino para definir también normas sanitario-veterinarias que coadyuven a mantener una correcta tenencia o una verdadera tenencia responsable por parte de los ciudadanos, una correcta higiene comunal, la buena salud de los animales, más velando, porque no presenten enfermedades zoonóticas que pueden transmitirse a los humanos, entre otros asuntos de interés público.

Hace varios años, en en IV Encuentro Internacional de Bienestar Animal durante el VIII Congreso Internacional de Ciencias Veterinarias, el CONBAC presentó un proyecto de Registro Nacional de mascotas, que fue reconocido por los participantes, como un método de trabajo idóneo para ponerlo en práctica en nuestro país, pero que no se ha podido materializar por los recursos materiales y financieros que requiere su implementación. Ese sería un buen proyecto a emplear oficialmente en el futuro, tanto desde el punto de vista administrativo, como sanitario.

Por otra parte, es preciso reiterar que ninguna mascota nacional, que se desee exportar a cualquier país del mundo, requiere de pasaporte, ni documento similar, para arribar al país de destino, solo necesita el correspondiente Certificado Zoosanitario de Exportación emitido por la autoridad competente, el CENASA o sus Departamentos de Sanidad Animal de las diferentes provincias, cumpliendo con los requisitos armonizados con las naciones de destino y en algunos casos con los trámites de legalización y consulares que establece, solo un reducido número de países.

Como autoridad veterinaria, el CENASA cumple con la misión de informar, asesorar y recomendar lo que realmente debe hacerse para cumplimentar estos trámites, pero usted tiene la potestad para decidir qué hacer.

Siempre remítase a la información oficial. Los pasos a seguir para la exportación de mascotas aparecen en el sitio web del Ministerio de la Agricultura: www.minag.gob.cu

Tomado de Cubadebate

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Medio de información alternativa que alerta sobre campañas de difamación contra Cuba. Publica noticias y análisis con un tratamiento objetivo de los hechos. Muestra los intereses que el poder global oculta para mantener sus privilegios. UCI, La Habana, Cuba. editor@cubadebate.cu

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