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Que prime la ley en tiempos de COVID-19

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En el actual contexto epidemiológico que vive el país, la Fiscalía Provincial de Villa Clara exhortó a los ciudadanos al estricto cumplimiento de las medidas adoptadas para controlar la propagación de la COVID-19.

«Quienes infrinjan las disposiciones de las autoridades sanitarias y contribuyan a la diseminación del nuevo coronavirus serán sancionados con toda la severidad que amerita una situación como esta»». Así lo aseguró a CMHW Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefa provincial en Villa Clara

Vigía de la legalidad por mandato constitucional, la Fiscalía vela por que los ciudadanos cumplan con lo establecido y reserva el Derecho penal como recurso de última fila. No obstante, el Código Penal cubano en su artículo 187 «apartados 1, 2 y 3» tipifica el delito de propagación de epidemias y estipula las penas aplicables a quienes incurran en él.

«Todo aquel que incumpla lo dispuesto por las autoridades sanitarias y con ello ponga en peligro al resto de las personas que interactúan con él en los diferentes espacios públicos, puede recibir entre tres meses y un año de privación de libertad, multas de cien a trescientas cuotas o ambas»», aseveró Mederos Torres.

Para quien maliciosamente propague o facilite la propagación de una enfermedad, las sanciones pueden extenderse, incluso, entre tres y ocho años de privación de libertad.

Según trascendió, la Fiscalía mantendrá un enfrentamiento enérgico ante otras figuras delictivas que vulneran lo normado por el Consejo de Defensa Provincial y perjudican a la población trabajadora. Tal es el caso del acaparamiento, la especulación y la actividad económica ilícita.

«Vamos a adoptar todas las medidas requeridas de conjunto con el Ministerio del Interior, con especial énfasis en los alimentos, los medicamentos, el aseo personal, el combustible, los materiales de construcción y otros productos de primera necesidad»», insistió la fiscal jefa provincial.

Asimismo, recomendó  a la población el uso de la línea telefónica única «con el número 42204510 para la capital provincial» como vía de atención más segura, que permitirá limitar los accesos presenciales a la sede de la institución para, de esta forma, evitar aglomeraciones y proteger la salud colectiva.

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